(Artículo 29-5)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Todas las personas Tienen Derecho a dirigir peticiones y a plantear quejas, en la forma y con los Efectos que establecen las Leyes, a las Instituciones y la Administración de la Generalitat, así como a los Entes Locales de Cataluña, en materias de las respectivas Competencias. La Ley debe establecer las condiciones de Ejercicio y los Efectos de este Derecho y las Obligaciones de las Instituciones receptoras.