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Acceso a la Sala de Virtualurnas Legislativas


(Artículo 59-6)


Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, El Parlamento Puede Crear Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de relevancia pública que sea de interés de la Generalitat. Las personas requeridas por las Comisiones de investigación deben comparecer obligatoriamente ante las mismas, de acuerdo con el procedimiento y las Garantías Establecidos por el Reglamento del Parlamento. Deben regularse por Ley las sanciones por el incumplimiento de esta Obligación.

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