(Artículo 62-3)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, El Pleno del Parlamento Puede delegar la tramitación y la aprobación de Iniciativas Legislativas a las Comisiones Legislativas permanentes. En cualquier momento Puede revocar esta delegación. No Pueden Ser objeto de delegación a las Comisiones la reforma del Estatuto, las Leyes de Desarrollo básico, el presupuesto de la Generalitat y las Leyes de delegación Legislativa al Gobierno.