iconpmgcataran2-sdnescapr247

Acceso a la Sala de Virtualurnas Legislativas


(Artículo 75-1)


Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, El Presidente o Presidenta de la Generalitat, previa deliberación del Gobierno y bajo su Exclusiva Responsabilidad, Puede disolver el Parlamento. Esta facultad no Puede Ser ejercida cuando esté en trámite una Moción de Censura y tampoco si no ha transcurrido un año como mínimo desde la última disolución por este procedimiento. El Decreto de disolución debe establecer la convocatoria de Nuevas Elecciones, que deben tener lugar entre los cuarenta y los sesenta días siguientes a la fecha de publicación del Decreto en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

● cvmparmax.global

● ENTRADA A YODECIDO.app

● INSTRUCCIONES DEL PROYECTO CIBERSUPRACÓRTEX

● ENTRADA AL PARLAMENTO MÁXIMO GLOBAL

● TELETRANSPORTE A ESTADOIDIOMAS (Aún No Instalado)

● TELETRANSPORTE A CUALQUIER PARTE DEL EDIFICIO (Aún No Instalado)