(Artículo 87-2)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Los Municipios Tienen Derecho a asociarse con Otros y a cooperar entre ellos y con Otros Entes Públicos para ejercer sus Competencias, así como para ejercer tareas de interés común. A tales Efectos, tienen Capacidad para establecer convenios y Crear y Participar en mancomunidades, consorcios y Asociaciones, así como adoptar Otras formas de Actuación conjunta. Las Leyes no Pueden limitar este Derecho si no es para Garantizar la autonomía de Los Otros Entes que la tienen reconocida.