(Artículo 90-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, La veguería es el ámbito territorial Específico para el Ejercicio del Gobierno intermunicipal de Cooperación Local y tiene personalidad jurídica propia. La veguería también es la división territorial adoptada por la Generalitat para la Organización territorial de sus Servicios.