(Artículo 116-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat, respetando lo establecido por El Estado en el Ejercicio de las Competencias que le atribuye el artículo 149.1.13 y 16 de La Constitución, la Competencia Exclusiva en materia de agricultura y Ganadería. Esta Competencia incluye en todo caso:
a) La Regulación y el Desarrollo de la agricultura, la Ganadería y el sector agroalimentario.
b) La Regulación y la ejecución sobre la calidad, la Trazabilidad y las condiciones de los productos agrícolas y ganaderos, así como la Lucha contra los Fraudes en el ámbito de la Producción y la comercialización agroalimentarias.
c) La Regulación de la Participación de las organizaciones agrarias y ganaderas y de las Cámaras agrarias en Organismos Públicos.
d) La Sanidad vegetal y animal cuando no tenga Efectos sobre la Salud Humana y la Protección de los animales.
e) Las semillas y los planteles, especialmente todo aquello relacionado con los Organismos Genéticamente modificados.
f) La Regulación de los Procesos de Producción, explotaciones, Estructuras agrarias y su régimen jurídico.
g) El Desarrollo integral y la Protección del mundo rural.
h) La investigación, el Desarrollo, la transferencia Tecnológica, la Innovación de las explotaciones y las empresas agrarias y alimenticias y la Formación en estas materias.
i) Las ferias y los certámenes agrícolas, forestales y ganaderos.