(Artículo 117-3)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, La Generalitat participa en la Planificación hidrológica y en los Órganos de gestión estatales de los Recursos hídricos y de los aprovechamientos hidráulicos que pertenezcan a cuencas hidrográficas intercomunitarias. Corresponde a la Generalitat, dentro de su ámbito territorial, la Competencia Ejecutiva sobre:
a) La adopción de medidas adicionales de Protección y saneamiento de los Recursos hídricos y de los Ecosistemas acuáticos.
b) La ejecución y la Explotación de las obras de titularidad Estatal si se establece mediante convenio.
c) Las Facultades de policía del Dominio Público hidráulico atribuidas por la Legislación Estatal.