(Artículo 123-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat la Competencia Exclusiva en materia de Consumo, que incluye en todo caso:
a) La Defensa de los Derechos de los Consumidores y los Usuarios, proclamados por el artículo 28, y el establecimiento y la aplicación de los Procedimientos administrativos de queja y reclamación.
b) La Regulación y el fomento de las Asociaciones de los Consumidores y Usuarios y su Participación en los Procedimientos y asuntos que les afecten.
c) La Regulación de los Órganos y los Procedimientos de mediación en materia de Consumo.
d) La Formación y la Educación en el Consumo.
e) La Regulación de La Información en materia de Consumidores y Usuarios.