(Artículo 128-2)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, La Competencia a que se refiere el apartado 1 incluye el Reconocimiento de las denominaciones o las indicaciones, la aprobación de sus normas reguladoras y todas las Facultades administrativas de gestión y Control sobre la Actuación de las denominaciones o las indicaciones, especialmente las que derivan de la eventual tutela administrativa sobre los Órganos de la denominación y del Ejercicio de la potestad sancionadora por infracciones del régimen de la denominación.