(Artículo 161-2)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat la Competencia Ejecutiva en materia relativa a la Libertad Religiosa. Esta Competencia incluye en todo caso:
a) Participar en la gestión del Registro Estatal de Entidades Religiosas con relación a las iglesias, las confesiones y las Comunidades Religiosas que lleven a cabo su Actividad en Cataluña, en los Términos que determinen las Leyes.
b) El establecimiento de acuerdos y convenios de Cooperación con las iglesias, las confesiones y las Comunidades Religiosas inscritas en el Registro Estatal de Entidades Religiosas en el ámbito de Competencias de la Generalitat.
c) La promoción, el Desarrollo y la ejecución en el ámbito de las Competencias de la Generalitat de los acuerdos y de los convenios firmados entre El Estado y las iglesias, confesiones y Comunidades Religiosas inscritas en el Registro Estatal de Entidades Religiosas.