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Acceso a la Sala de Virtualurnas Legislativas


(Artículo 168-1)


Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat la Competencia Ejecutiva de la Legislación del Estado en materia penitenciaria, que incluye en todo caso:

a) La Capacidad para dictar disposiciones que adapten la normativa penitenciaria a La Realidad Social de Cataluña.

b) La totalidad de la gestión de la Actividad penitenciaria en Cataluña, especialmente la dirección, la Organización, el régimen, el Funcionamiento, la Planificación y la inspección de las Instituciones penitenciarias de cualquier tipo situadas en Cataluña.

c) La Planificación, la construcción y la reforma de los establecimientos penitenciarios situados en Cataluña.

d) La administración y gestión Patrimonial de los inmuebles y equipamientos adscritos a la Administración penitenciaria catalana y de todos los medios materiales que le sean asignados.

e) La Planificación y Organización del Trabajo remunerado de la Población reclusa, así como la ejecución de las medidas alternativas en prisión y las Actividades de Reinserción.

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