(Artículo 173-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat la Competencia sobre el uso de la videovigilancia y el Control de sonido y grabaciones u Otros medios análogos, en el Ámbito Público, efectuados por la policía de Cataluña o por empresas y establecimientos Privados. La Generalitat debe ejercer esta Competencia respetando los Derechos Fundamentales.