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Acceso a la Sala de Virtualurnas Legislativas


(Artículo 178-3)


Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, La suscripción de convenios y acuerdos sólo requiere la aprobación previa del Parlamento en los casos que afecten a las Facultades Legislativas. En los demás casos, el Gobierno debe Informar al Parlamento de la suscripción en el plazo de un mes a contar desde el día de la firma.

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