(Artículo 218-3)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Los Gobiernos Locales tienen Capacidad para regular sus propias finanzas en el marco de las Leyes. Esta Capacidad incluye la potestad de fijar la cuota o el tipo de los Tributos Locales, así como las bonificaciones y exenciones, dentro de los límites Establecidos por las Leyes.