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Acceso a la Sala de Virtualurnas Legislativas


(Artículo 223-2)


Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Si la Propuesta de reforma no es aprobada por el Parlamento, por las Cortes Generales o por el cuerpo Electoral, no Puede Ser sometida nuevamente a debate y votación del Parlamento hasta que haya transcurrido un año.

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