(Artículo 94-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, La prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de tratados o convenios requerirá la previa autorización de las Cortes Generales, en los siguientes casos: a) Tratados de Carácter Político. b) Tratados o convenios de Carácter Militar. c) Tratados o convenios que afecten a la Integridad territorial del Estado o a los Derechos y Deberes fundamentales Establecidos en el Título Primero. d) Tratados o convenios que impliquen Obligaciones Financieras para la Hacienda Pública. e) Tratados o convenios que supongan modificación o Derogación de alguna Ley o exijan medidas Legislativas para su ejecución.
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