(Artículo 178-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Las ciudades de Ceuta y Melilla podrán constituirse en Comunidades Autónomas si así lo Deciden sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por La Mayoría Absoluta de sus miembros y así lo autorizan las Cortes Generales, mediante una Ley Orgánica, en los Términos previstos en el artículo 144.
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● VUELTA A LA ENTRADA (Meridiano Base-catspa) ● INSTRUCCIONES DEL PROYECTO CIBERSUPRACÓRTEX ● ENTRADA AL PARLAMENTO MÁXIMO GLOBAL ● ELECCIÓN DE MERIDIANOS ESTADOIDIOMA |