(Artículo 24-2)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Asimismo, todos Tienen Derecho al Juez ordinario predeterminado por la Ley, a la Defensa y a la asistencia de letrado, a Ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un Proceso Público sin dilaciones indebidas y con todas las Garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su Defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse Culpables y a la Presunción de Inocencia. La Ley regulará los casos en que, por Razón de parentesco o de Secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.
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