(Artículo 62-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde al Rey: a) Sancionar y Promulgar las Leyes. b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar Elecciones en los Términos previstos en La Constitución. c) Convocar a Referéndum en los casos previstos en La Constitución. d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus Funciones en los Términos previstos en La Constitución. e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a Propuesta de su Presidente. f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos Civiles y Militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las Leyes. g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos Efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno. h) El mando Supremo de las Fuerzas Armadas. i) Ejercer el Derecho de gracia con arreglo a la Ley, que no podrá autorizar Indultos generales. j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
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