(Artículo 76-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones de investigación sobre cualquier asunto de interés Público. Sus Conclusiones no serán Vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las Resoluciones Judiciales, sin Perjuicio de que el resultado de la investigación sea comunicado al Ministerio Fiscal para el Ejercicio, cuando proceda, de las Acciones oportunas.
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● VUELTA A LA ENTRADA (Meridiano Base-catspa) ● INSTRUCCIONES DEL PROYECTO CIBERSUPRACÓRTEX ● ENTRADA AL PARLAMENTO MÁXIMO GLOBAL ● ELECCIÓN DE MERIDIANOS ESTADOIDIOMA |