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Acceso a la Sala de Virtualurnas Legislativas


(Artículo 56-4)


Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, El Presidente o Presidenta de la Generalitat, quince días antes de la finalización de la legislatura, debe convocar las Elecciones, que deben tener lugar entre cuarenta y sesenta días después de la convocatoria.

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