(Artículo 132-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat la Competencia Exclusiva en materia de Protección civil, que incluye, en todo caso, la Regulación, la Planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la Seguridad civil, así como la dirección y Coordinación de los Servicios de Protección civil, que incluyen los Servicios de prevención y Extinción de incendios, sin Perjuicio de las Facultades en esta materia de los Gobiernos Locales, respetando lo establecido por El Estado en el Ejercicio de sus Competencias en materia de Seguridad Pública. |