(Artículo 133-1)
Yo, Ciudadano, Pacto con Vosotros, Como Signatarios Constituyentes, que, Corresponde a la Generalitat la Competencia compartida en materia de Energía. Esta Competencia incluye en todo caso: a) La Regulación de las Actividades de Producción, almacenaje y Transporte de Energía, el otorgamiento de las autorizaciones de las instalaciones que transcurran íntegramente por el Territorio de Cataluña y el Ejercicio de las Actividades de inspección y Control de todas las instalaciones existentes en Cataluña. b) La Regulación de la Actividad de distribución de Energía que se lleve a cabo en Cataluña, el otorgamiento de las autorizaciones de las instalaciones correspondientes y el Ejercicio de las Actividades de inspección y Control de todas las instalaciones existentes en Cataluña. c) El Desarrollo de las normas complementarias de calidad de los Servicios de suministro de Energía. d) El fomento y la gestión de las Energías Renovables y de la Eficiencia energética. |