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Los Proceso de Atomocratización de Estados ya existentes; y La Constitución de nuevos Estados Atomocráticos; no representa simplemente un cambio o actualización de Las Constituciones; representarán un cambio Absoluto del propio Constitucionalismo, o Sistema de Diseñar y Decidir cómo serán Las Constituciones. A) Mientras el Constitucionalismo Clásico tiene su raíz en: 1) Un Desconocimiento o Negación interesada del Concepto o Principio de Legitimidad Individual Plena. La Negación del origen de la Legitimidad Emocional y Moral Plena como Individuo y Ciudadano Atomosoberano de los Ciudadanos, para establecer los artículos como Pactos entre Ciudadanos; en lugar de como mandatos originados en una presunta Autoridad Suprema de la que emana la Legitimidad. 2) La Falta de Profesionalidad de los Constitucionalistas y su enfoque Posibilista; corto de miras y Conservador; que desemboca en un Corta y Pega a partir de Constituciones precedentes y caducas. 3) La minusvaloración o desprecio de la Capacidad de los Ciudadanos para Decidir sobre la Legislación que les afecta, por sí mismos. 4) La limitación del Principio de Soberanía a una zona geográfica concreta; que se organiza como una reserva de Recursos materiales y humanos al servicio de las Tramas de Ciudadanos Oligopoderosos Locales; que se conforman con esa Apropiación del trozo del pastel. En lugar de Entender La Soberanía como un Principio ligado a la Legitimidad Emocional y Moral Plena como Individuo y Ciudadano Atomosoberano del Ciudadano para Decidir y Legislar; en todos los niveles de Organización Estatal que afectan a su Vida. No se asume La Existencia obvia de Los Estados anidados desde el Estado Cultural-Elemental hasta el Estado Marco Multiconstitucional, Legislativo y Tributario Local-Regional-Global, pasando por las Uniones Regionales de Estados. 5) La imposición de los Intereses de los propios Constitucionalistas y de sus Amigos. 6) La vocación de permanencia y Mecanismos de Estabilidad, inmovilismo o gran limitación de Capacidad de adaptación de Las Constituciones a los cambios Sociales. Reflejo de la Voluntad de los que establecen La Constitución; de mantener El Poder; y no de una necesidad objetiva, real o Deseable. B) El Constitucionalismo Atomocrático plantea y asume que: 1) Las Constituciones se fundamentan en la Legitimidad Emocional y Moral Plena como Individuo y Ciudadano Atomosoberano del Ciudadano y no en un mandato imperativo de ninguna Autoridad de ningún tipo; por lo que se articulan como un Contrato Social compuesto de Pactos Ciudadanos o Atomopactos. 2) La Legitimidad abarca todos los ámbitos Legislativos que afectan de manera fundamental la Vida y los Intereses de los Ciudadanos constituyentes, por lo que una Constitución del Siglo XXI solo Puede Desarrollarse como una Constitución Multinivel Simultánea Consolidada. 3) La Legitimidad es plena, perpetua, y continua por lo que Las Constituciones son modificables, sin limitación alguna; salvo el Principio de las Mayorías y el Principio de, Un Ciudadano, Un Voto de Igual Valor, Sin Distinción Alguna por Causa Alguna; lo que deriva en un Constitucionalismo Multinivel Simultáneo Dinámico; que además permite una adaptación rápida a los cambios Ideológicos, y de cualquier otra índole, en lo referente a la Organización de La Sociedad. 4) La Soberanía no nace de la historia; sino que surge de la Capacidad de Rebelión y Revolución, en la Búsqueda de la Libertad Individual, la Equidad, la Justicia y la Felicidad de todos y cada uno de los Ciudadanos como Atomosoberanos que deciden agrupar sus Voluntades para constituir Estados y Uniones Regionales de Estados; según sus interese y Sentimiento de Nacionalismo Emocional, Identitario o Cultural. 5) La Constituciones pretende Funcionar y Ser útiles para todos los Ciudadanos, y no salo para una parte; y, por tanto, una vez definidos los Objetivos Perseguidos por los Ciudadanos al constituir El Estado; sobran los aficionados y entran en Juego los Diseñadores Sociales siguiendo este Proceso: - a) Los Ciudadanos Demandan una Nueva Constitución para conseguir unos Determinados Objetivos, usando el Mecanismo de Las Revoluciones Low Cost; - b) Los Diseñadores Sociales Raciofuncionales proponen Estructuras Legislativas que persigan alcanzar esos Objetivos; - c) Los Ciudadanos deciden: 1) Si les interesa alguno de los Diseños propuestos; 2) Si Demandan mejores Diseños Sociales. 6) Las Constituciones son totalmente dinámicas para ajustarse a los cambios Sociales y Tecnológicos, cada día más acelerados, buscando la Funcionalidad y la Eficacia. 7) La naturaleza de este Constitucionalismo es la de Constitucionalismo Prospetiológico, Virtual Analítico con Predefinición de los Cambios Legislativos y Eliminación de Incertidumbres .... A partir de este momento la Atomocracia con Parlamento Máximo y Parlamento de Representantes se pone en marcha; lo que permite un reajuste de las Estructuras Políticas y Legislativas, e incluso de los Objetivos, ajustándolos a lo deseado en cada momento; de manera progresiva y perpetua. Reflexión Clarificadora: Para evaluar la calidad de una Propuesta de Nueva Constitución es necesario repasar cómo se han desarrollado Las Constituciones antes de la Atomocracia; y hacer lo contrario: En el Constitucionalismo Clásico: 1) Se parte de la Revolución y, por tanto, del Ideal; 2) Enseguida aparecen unos voluntarios; que se proponen ellos mismos como Padres de la Constitución; 3) Estos voluntariosos introducen el Posibilismo, mezclado con sus propios Intereses, y el de sus Amigos; 4) Aplican el copia y pega, a partir de la paleolegislación romana; 5) Se inicia un Proceso de desmantelamiento del ideal; artículo a artículo; despojando al Ciudadano del máximo posible de sus Capacidades de ejercer su Poder de Decisión y Actuación Social directamente. 6) Esto no se lleva al límite, porque conviene Guardar las apariencias, y basta dejar aspectos fundamentales para Desarrollos futuros, que no tendrán lugar; 7) Además, se deja la puerta abierta para que Legislaciones futuras cercenen los Derechos que los Ciudadanos Creen que han Conquistado de manera irreversible; 8) Se cierra La Constitución y se tira la llave. Entendido esto, basta exigir y comprobar, que el Diseñador de La Constitución Atomocrática ha hecho lo contrario de lo que se ha descrito. No es tan difícil de Entender y de hacer. Constitucionalismo Multinivel Simultáneo Dinámico Ejercicio: Analiza tu Constitución para localizar cómo se las han arreglado para limitar el Poder de Decisión y Actuación Social de los Ciudadanos y en que artículos concretos lo hacen. Hacerlo Comparando Constituciones de Estados diferentes lo hace más fácil y entretenido. |