Sinónimo: Órganos Encargados de Administrar, las Competencias Funcionales Pactadas, Dotados de Facultades y Recursos. (Denominados Poderes del Estado en las Constituciones Preatomocráticas Locales
Son las Estructuras Políticas, administrativas o funcionariales a los que los Ciudadanos han encargado; en sus Constituciones; una Competencia Funcional Pactada, Dotada de Facultades y Recursos. Todos actúan en sus Niveles de la Arquitectura Estatal Local-Regional-Global desde:
1) El Estado Ciudades-Municipios;
2) El Estado Local;
3) Los Estados Unidos Regionales; o
4) El Estado Marco-MCLTG.
Reflexión Clarificadora: Usar Poder Ejecutivo en lugar de Órgano Competente Pactado Ejecutivo o Gobierno es uno de los Graves Errores Conceptuales a Evitar, por sus Perniciosas Consecuencia Decistémicas. El Órgano Competente Pactado Ejecutivo o Gobierno no es quien gobierna, sino quien nosotros hemos pactado que gobierne. Si esto es así, quienes gobernamos somos nosotros. Hablar de Poder Judicial, o Poder Legislativo es; igualmente; uno de los errores más graves que Puede cometer un Ciudadano; es caer en la Trampa de la Asimetría Predatoventajista. Equivale a Asumir que ellos tienen el Poder de Decisión y Actuación Social y los Ciudadanos no. La Terminología correcta es Órgano Competente Pactado Coactivo de Tribunales de Justicia y Órgano Competente Pactado Legislador; dejando claro que tienen la Competencia Funcional Pactada que nosotros hemos determinado y podemos revocar. Las Legitimidades residen siempre y exclusivamente en el Individuo-Ciudadano. Los OCPs tienen solo la Competencia Formal Condicionada para hacer solo aquello que se les asignado y en las condiciones que se han Pactado en las Constituciones.
Ejercicio, Plantéate: La diferencia entre Vieja Legalidad Vigente o Establecida y Nueva Legalidad en Exposición Pública.
Órganos Competentes Pactados Locales
Órganos Competentes Pactados Globales
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